La justicia europea ha confirmado la histórica multa de 2.424 millones de euros que la Comisión Europea impuso a Google en 2017 por favorecer en su motor de búsqueda su servicio de comparación de productos, Google Buying, frente a los de la competencia. La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha desestimado el recurso de casación que el gigante tecnológico presentó contra la sentencia del Tribunal Normal de la Unión Europea que, en noviembre de 2021, avaló la tercera sanción más alta impuesta por Bruselas, al considerar que la compañía abusó de su posición dominante en el mercado de los servicios de búsqueda en Web.
La Gran Sala (compuesta por 15 magistrados) ha seguido, como suele ser routine, el criterio del abogado basic —en este caso, Juliane Kokott— que, en su informe de conclusiones emitido en enero, propuso al tribunal inclinar la balanza a favor de Bruselas en este largo litigio y rechazar la tesis planteadas por Google y su matriz, Alphabet. Según afirmó la jurista, el “autofavoritismo” de la tecnológica estadounidense perjudicó directamente a la competencia. Según explicó el Ejecutivo comunitario hace siete años, la actuación de Google provocó que las visitas de otros comparadores de productos de la competencia cayeran en más de un 90%, de acuerdo a los datos recopilados por el departamento de Competencia. Al dar preferencia a los resultados de su propio servicio, el resto de ofertas quedaron relegadas hasta la cuarta pantalla o más allá en forma de un enlace azul.
Como consecuencia, la Comisión sancionó con 2.424.495.000 euros a Google, de la que Alphabet debe responder solidariamente con 523.518.000 euros, por vulnerar la competencia en 13 países del Espacio Económico Europeo (Bélgica, República Checa, Dinamarca, Alemania, España, Francia, Italia, Países Bajos, Austria, Polonia, Suecia, Reino Unido y Noruega).
En la sentencia que se ha dado a conocer este martes, el TJUE precisa que las normas comunitarias no prohíben la existencia en sí misma de una posición dominante, sino únicamente su explotación abusiva, que es lo que considera que ha ocurrido en el caso de Google. El tribunal recuerda que la prohibición está centrada comportamientos de empresas en posición dominante que restringen la competencia basada en los méritos y que, de este modo, pueden causar un perjuicio a las empresas individuales y a los consumidores.
La multa ratificada hoy es la tercera mayor por incumplir las normas del mercado en Europa. La sanción récord impuesta hasta la fecha por la Comisión también recayó en el gigante tecnológico en 2018 por el importe de 4.343 millones de euros e igualmente fue por vulnerar la competencia, al obligar que Android, su sistema operativo para dispositivos móviles, llevara adherido el buscador Chrome y la herramienta Google Search. Esta decisión recibió el respaldo del Tribunal Normal de la Unión Europea en septiembre de 2022, aunque rebajó la cuantía hasta 4.125 millones, si bien aún se está a la espera de conocerse una sentencia definitiva.
Por otro lado, en 2019, Bruselas impuso una tercera sanción a Google de 1.494 millones de euros por cláusulas restrictivas en el mercado de la publicidad en línea durante diez año mediante su plataforma Google AdSense. Sobre este caso, los tribunales aún no se han pronunciado. No obstante, esta sanción no se encabeza el listado de las sanciones de mayor cuantía, pues el cartel de camiones se colocó en segundo lugar, después de que, en 2016, la Comisión castigara con más de 3.600 millones de euros a varios fabricantes por pactar el incremento de los precios de venta de los vehículos.